Antes de abordar el tema de las cárceles es
necesario acotar la importancia de esta institución
social, legitima.
El concepto moderno de institución se refiere
al conjunto de “reglas” (regla se usa en un sentido amplio: normas formales e
informales, rutinas, costumbres, ritos y tradiciones) que crean patrones estables de comportamiento en
una comunidad de individuos (Vergara, 2010)
Siguiendo un enfoque histórico-sociológico las
instituciones tienen una diada con el marco socio-cultural de una época
determinada, es decir, el contexto social envuelve o permea los valores de la
institución; en su origen Guerrero Sánchez nos refiere:
En la
cárcel su función sustantiva era sólo preventiva, se consolidó la idea de una
nueva institución punitiva, el lugar de la penitencia, que fue pensada,
formulada, construida y administrada para el control y el castigo, fue un
invento del derecho canónico, desarrollado por los monjes sustentada en la
concepción moral del bien y el mal de lo que debería ser en una época
determinada, la idea del pecado como un valor institucionalizado, bajo una
concepción teocéntrica del mundo. En el siglo Xll existen prisiones en cada
monasterio. De estos conventos e influencia fue naciendo la cárcel actual.[1]
Beccaria afirma que, para cualquier criminal,
pasar la vida en la cárcel con privación de libertad era peor que una condena a
muerte, mientras que la ejecución no sirve como disuasorio para el criminal,
dado que las personas tienden a olvidar y borrar completamente los recuerdos de
un acto traumático y lleno de sangre.[2]
La
cárcel surge entonces atendiendo al bienestar, se entiende por bienestar al
conjunto de factores que una persona necesita para gozar de buena calidad de
vida. Estos factores llevan al sujeto a gozar de una existencia tranquila y en
un estado de satisfacción (RAE). Por tanto, bienestar social es cuando ese
conjunto de factores aplica para una comunidad o sociedad para que gocen de una buena calidad de vida.
Las políticas públicas encuentran su razón
de ser, en la opinión pública concretada y plasmada en la agenda pública que cobra real importancia y es menester considérala
en la implementación del accionar gubernamental a través de la política social,
que a su vez está reflejada en la agenda
gubernamental.
En este sentido, la exigencia de la
colectividad ciudadanía de atacar a la diada de la delincuencia-inseguridad
mediante el poder público es uno de
los mayores reclamos de la agenda pública y castigar a los que trasgreden la
armonía social se vuelve una necesidad que para nada se cataloga de nimiedad.
La definición más común de poder es la de
dominio y jurisdicción que un hombre dispone para concretar algo o imponer un
mandato. Así, el poder se relaciona con el gobierno de un país o con la
herramienta en la que consta la facultad que un ser humano le otorga a otro
para que, en representación suya, pueda llevar a cabo un cierto plan (RAE).
Abraham Maslow desarrolló de forma muy sencilla
una concepción sobre las necesidades de una persona: la jerarquía de las
necesidades, en la cual ordena las necesidades desde los niveles más bajos y
más básicos hasta las de niveles más altos.
Las necesidades
de seguridad y protección incluyen una amplia gama de necesidades
relacionadas con el mantenimiento de un estado de orden y seguridad (Frick,
1973, p. 53).
Como ha quedado plasmado en líneas anteriores
la seguridad y el menester de una institución que tutele el bien jurídico de
los individuos, es un reclamo social legítimo; no atendiendo al problema con
penas hacia el cuerpo como se veía reflejado en el código de Hammurabi “en breves términos se basa es el ejemplo de que
algunas leyes son tan fundamentales que ni un rey tiene la capacidad de
cambiarlas. Las leyes escritas en piedras, eran inmutables. Este concepto
pervive en la mayoría de los sistemas jurídicos modernos”.[3]
Sino con métodos eficientes en el diseño y e
implementación de nuevas políticas públicas que den solución a un problema
delincuencial el
administrador público moderno debe ver a la estadística
como el brazo derecho de la gestión pública
mediante la cual se implementan, especies y subgéneros de este instrumento
delimitado como cómputo, censo, padrón, registro, etc.
Marshall Dimock (1965) sostiene que “la
administración pública más que un arte o ciencia es una filosofía que tiene
como objeto central servir al hombre”. Es en este tenor que el Ejecutivo debe
implementar mecanismos más allá de la fallida política de creación de centros
penitenciarios, es decir, dejar de atender el problema por sus causales y no
por sus consecuencias como la educación y la generación de empleos.
El problema del hacinamiento y la falta de
recursos públicos hacen ineficaz que los centros de reclusión hagan un trabajo
eficiente y eficaz, hacemos hincapié en la importancia de considerar la
participación de diversos actores en la conformación de las políticas públicas.
Es indispensable tener en cuenta que, sin esta participación de actores
distintos a los gubernamentales, no la podríamos llamar política pública.
Las políticas públicas se definen como: un
curso de acción y flujo de información relacionado con un objetivo público, definido en forma democrática, las que son
desarrolladas por el sector público, y frecuentemente con la participación del
sector privado (Lahera E., 2008).
En los casos en dónde solo el sector
gubernamental participe nos encontramos ante una política gubernamental. Una de las características primordiales y
esenciales de una política pública es la participación de la sociedad civil y
que responda a un problema público.
El modelo de Banco Interamericano de Desarrollo (BID, 2005) advierte
que para el caso de América Latina son dos los actores centrales en torno a los
que las políticas públicas se agrupan:
- · El ejecutivo a través de los Presidentes por su rol de representación democrática, sus amplias potestades. Podría decirse que el propio presidencialismo en algunos países latinoamericanos deja caer gran parte del peso de las decisiones en la figura del ejecutivo y por ende la línea de política que marque y;
- · Los Partidos Políticos como segundo actor en prevalencia sobre las decisiones de políticas públicas.
Howlett y Ramesh[4] (2003) explican que hay dos tipos de actores:
los íntimamente ligados y los que se encuentran cercanos a la política, pero de
manera marginal. En el caso de los primeros, se encuentran directamente
involucrados con la política púbica en cuestión y se integran a las redes de
interés de ésta. En el caso de los segundos; están alejados de las redes
centrales de interés o las tocan tangencialmente y su involucramiento en el
proceso es discontinuo y de baja intensidad.
Fuente: Elaboración propia
Foucault habla de la desaparición de la pena
corporal y del espectáculo punitivo, el castigo y las torturas corporales,
transformando en la expiación a través del positivismo, asido a la ley
universal de la evolución, la transición de las formas de coacción física y
directa a las de encausamiento psíquico
e intelectual.[5]
En la teoría conductista, para Skinner, el
aprendizaje, modificación de la conducta, parte de un sujeto organizacional que
carece de información es pasivo, receptor; la intervención es a través de
estímulos, reforzamientos, no hay relación con la sociedad, esto genera un tipo
de organización social o centro de readaptación social que implica que tan solo
el estímulo, así como el reforzamiento externo del individuo, lograrán que se
transforme la conducta y las relaciones sociales, que se podrán trasladar hacia
fuera de la cárcel para así poder lograr la readaptación
social.
La
institución carcelaria ha tenido una historia muy prolongada en el tiempo, pero
siempre ha obedecido a una misma lógica: salvaguardar el bien social […] y será
la institución carcelaria la que se ocupe de los sujetos que no pueden estar
interactuando en sociedad, porque están desadaptados socialmente, según las
normas del pacto social vigente. [6] Una ley
penal debe simplemente representar lo que es útil para la sociedad […] El
crimen no es algo emparentado con el pecado o la falta, es algo pernicioso para
la sociedad, es un conjunto. El delincuente será aquel individuo que rompe el
pacto social y por ello perturba y daña a la sociedad[7].
Queda entonces de esta manera la justificación
y necesidad de conservar a postura
personal las instituciones carcelarias, empero es menester un rediseño
institucional para dar resultados eficientes y que se eliminen preceptos como “carta de antecedentes no penales” pues
como se observó en la pirámide de Maslow para tener la autorealización se deben
dejar de lado los prejuicios, además que se atenta al derecho humano a la
igualdad, la no discriminación y a la libertad del trabajo para ulterior avance tener
casos como Suecia con el cierre de estas instituciones.
El
éxito del cierre de cárceles en Suecia es en gran parte el éxito de la
readaptación social, por ello en México deben estructurarse estructuras
estructurantes que modifiquen al sujeto
desde la institución de la cárcel a través de una cultura organizacional
focalizada y contextualizada de la cual merece un trabajo más exhaustivo.